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Channel: SCN: Message List - SAP ERP HCM Payroll Spain (Español)
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Re: SLD: Guarda Legal

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Hola David,

 

para que se generen las horas (concepto /3CS) tienes que informar en el Infotipo 61 del Empleado con reducción el campo Horas Trabajadas (HOCON), informando el porcentaje de reducción.

 

Pruébalo de esta forma, nosotros lo hemos informado así y se generan las horas en el fichero SLD.

 

Saludos.

 

Rosa Quirós.


Re: SLD: Guarda Legal

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Hola Rosa,

 

¿Pero informando el campo HOCON no te lo consideraría como empleado con contrato a tiempo parcial a la hora de calcular la BRD? Además en los TC´s nos saldrian horas en lugar de días.

 

Lo he probado pero solo informando el campo de coeficiente a tp (PTPAR) y ahora sí se generan las horas en el SLD y en los TC´s sigue informando los días.

 

Muchas gracias y un saludo, David.

Re: SLD: Guarda Legal

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Hola, David.

 

Mírate la SAP Note 544431 - CONSULT Guarda Legal.

 

Para ver si el trabajador se considera a tiempo parcial o completo, lo que se mira es la situación inmediatamente anterior al inicio de la guarda legal.

 

Saludos,

Alejandro

TC y horas complementarias (contratos tiempo parcial)

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Buenas!

 

Tengo una duda acerca de las horas complementarias y el TC.

 

Termino de implementar la parametrización para obtener la base de horas completarias en el /124 (nota 543353).

 

Lanzo nómina, y saco el TC. Me sale la base de horas complementarias en su correspondiente casilla en la parte izquierda del formulario, pero tengo una duda.

 

Se deben informar cuantas horas complementarias ha realizado el empleado? Ya que junto a la base de horas complementarias en el formulario, aparece otra casilla que indica número de horas, que actualmente no estoy informando.

 

Cualquier ayuda es de agradecer.

 

Un saludo!

 

EDIT: ya lo tengo claro, si saco tiempo pondré la explicación. un saludo.

Re: SLD: Guarda Legal

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Hola Rosa,

 

¿El concepto /3S3 se genera en el fichero de bases o únicamente se genera el concepto /3CS y lo que origina el concepto /3S3 es que se genere el tramo en el fichero de bases?

 

En caso de que se genere, ¿tenéis el concepto /3S3 informado en la V_T596I para alguna subaplicación de SLD?

 

Muchas gracias por la ayuda.

 

Un saludo,

Javier Ruiz

Estimación de IRPF en subrogación

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Buenos días,

 

El próximo 1 de Enero de 2016 tenemos una subrogación de personal: una sociedad de nuestro sistema pasa a ser subrogada por otra sociedad que también está en nuestro sistema. Tenemos la siguiente duda/problema:

 

- Normalmente ejecutamos el programa "RPIGA0E0 - Cálculo de ingresos gravables anuales" con la opción "Esquema de nómina... Con resultados anteriores". De esta forma el programa RPIGA0E0, en los meses de simulación de nómina, recoge las "Variables variables" de los periodos equivalentes ya calculados del año anterior y los copia a los periodos simulados del año actual.

 

- El problema al realizar la subrogación es que no disponemos de los resultados del año anterior ya que tenemos nuevos números de personal. ¿Hay alguna forma de informar estas "Variables Variables" del año anteior para que el sistema las recoja en periodos de simulación?

 

¿Alguien se ha encontrado con esta casuística y tiene alguna solución?

 

 

 

Muchas gracias,

 

Miguel Angel Muñoz Abella

Re: Problemas con nota 2222094 - AFI: New field Fecha prevista ( 821758 / 2015 )

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Hola Jose:

 

Un cliente me acaba de llamar indicándome que la winsuite se les habia rechazado los movimientos de baja en el AFI ... el error es fichero fuera de secuencia 9 (la winsuite tan amigable como SAP sy-subrc 4)...

 

Hace unos 15 dias se publico se publico el boletín RED 08/2015 con novedad sobre que dar de comer a este campo.

 

http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/203562.pdf

 

 

NUEVO CAMPO “FECHA PREVISTA FIN CONTRATO”

 

Recientemente se ha procedido a la creación de un nuevo campo en el ámbito de afiliación: FECHA PREVISTA FIN CONTRATO.

Dicho campo tiene una finalidad similar al ya existente de FECHA FIN VACACIONES RETRIBUIDAS Y NO DISFRUTADAS, si bien en el caso del campo FECHA PREVISTA FIN CONTRATO se trata de delimitar el período de cotización efectiva al que se refieren los distintos supuestos de los apartados 1 y 2 del artículo 180 de la Ley General de la Seguridad Social en determinados períodos de excedencia de trabajadores con contratos temporales o de duración determinada, y del apartado 8 del artículo 29 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

 

El nuevo campo, por lo tanto, será exigible en la comunicación de las bajas con CLAVE SITUACIÓN 68 –BAJA POR CUIDADO DE EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJOS-, 73 –BAJA POR EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES- y 76 –BAJA POR EXCEDENCIA POR VIOLENCIA DE GÉNERO-, de trabajadores con TIPO DE CONTRATO con valor comprendido entre 401 y 552.

 

En el caso de los contratos de jubilados parciales -540- el nuevo campo únicamente será exigible en aquellos supuestos en los que el contrato previo a la jubilación parcial hubiese sido de carácter temporal.

En el caso de que el trabajador se trate de funcionario interino, o personal estatutario interino, el nuevo campo será exigible aunque el campo TIPO DE CONTRATO no haya adoptado contenido.

 

El nuevo campo no se admitirá en ninguna otra baja distinta a las indicadas en los dos párrafos anteriores.

 

El nuevo campo se debe anotar, en el supuesto de que sea conocida, con la fecha prevista de finalización del contrato temporal siempre y cuando ésta fecha sea anterior a la fecha determinada por la duración máxima del período de cotización efectiva al que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 180 de la Ley General de la Seguridad Social –o el apartado 8 del artículo 29 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública- o, en el caso de que dicha fecha no se pueda predecir a la fecha de comunicación de la baja, con la fecha determinada por la duración máxima del período de cotización efectiva al que se ha hecho referencia anteriormente.

 

 

Voy a mirarlo mas detenidamente y trato de actualizar aquí el post.

 

Antoine

Re: Problemas con nota 2222094 - AFI: New field Fecha prevista ( 821758 / 2015 )


Re: Problemas con nota 2222094 - AFI: New field Fecha prevista ( 821758 / 2015 )

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Pues eso es... estaba actualizando el post!

 

pero esto ya la aplicaron ayer o antes de ayer y el problema winsuite es posterior a la nota.

 

Me acaban de pasar un caso, voy a verificar

 

Gracias Ivan!

Re: Problemas con nota 2222094 - AFI: New field Fecha prevista ( 821758 / 2015 )

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Quedamos pues pendientes de tus anotaciones!

 

Nosotros todavía no la hemos aplicado.

 

Un saludo!

Re: Problemas con nota 2222094 - AFI: New field Fecha prevista ( 821758 / 2015 )

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Hola Ivan:

 

La parte de informa la fecha prevista de baja se hace correctamente. Parece que la winsuite se queja que le pasamos un segement OTD con el codigo de convenio largo para las bajas.

 

De momento edición del fichero a la mano para mandarlo y luego ya a ver lo del OTD!

 

Bon weekend!

Re: Problemas con nota 2222094 - AFI: New field Fecha prevista ( 821758 / 2015 )

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Gran aporte!!! Muchas gracias, lo tendremos en cuenta!

 

Lo mismo digo, a pasarlo bien!

Re: Estimación de IRPF en subrogación

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Hola Miguel,

 

¿Por qué motivo le asignas a los empleados un nuevo número de personal y no les realizas una medida de cambio societario?

 

SAP permite agrupar para la estimación de IRPF a dos personas jurídicas (sociedades) diferentes asignándoles el mismo valor en el campo "Agrupador de personas jurídicas" (JUPGR) de  la T5E02.

Si cambia de número de personal, no te valdrá esta posibilidad.

 

Para el caso que comentas de un número de personal nuevo se me ocurren dos posibilidades:

- Cargar el clúster de los empleados los 12 meses anteriores mediante la tabla T558A y esquema ELK0 (el alta en el sistema debería ser en 2015 y no 2016).

- Hacer una carga de conceptos en el IT0015 de los empleados en el año actual con el importe de variables variables del año anterior que se irán borrando conforme vayan pasando los meses tras los sucesivos cálculos de IRPF para que se consideren para el porcentaje de IRPF pero no afecten a la nómina. Este punto se podría automatizar con un programa que hiciese la carga y el borrado.

 

Como te comentaba, yo intentaría mantener el número de personal a menos que no sea posible.

 

Espero haberte ayudado.

 

Gracias y un saludo,

Javier Ruiz

Incorporación empleados tras fusión

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Buenos días,

 

Debido a una fusión de empresas, vamos a incorporar a los empleados en el sistema para que tengan nómina a partir de febrero. Para el tema de las enfermedades, deberíamos incorporar las nóminas de los meses anteriores, con los conceptos necesarios de cotizaciones, días trabajados, etc, para calcular las bases reguladoras.

 

En su momento, en el arranque en productivo, cargamos en la tabla V_T558A todos los conceptos de nómina y lanzamos el esquema especial ELK0 Transferencia de cuentas de salario de T558A, pero la situación actual es diferente, ya que los periodos de nómina anteriores ya están contabilizados.

 

Otra opción sería crear una tabla con los conceptos necesarios, y mediante una función Z calcular los importes de cotizaciones para cargarlos en el sistema a través del IT0014 (/3M0, /3M1…).

 

Si alguien pudiera aportar alguna otra solución se lo agradecería mucho.

 

Muchas gracias a todos y un saludo.

 

José Miguel

Re: Incorporación empleados tras fusión

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Hola Jose:

 

Creo que no tendrás problemas cargando los últimos 12 meses (hasta 18 meses si tienes unos empleados desafortunadamente en situación de baja tanto tiempo que apuntan a extinción) de aquellos empleados que vas a integrar en SAP.

 

Entiendo que los periodos contabilizados los tienes para los empleados que ya estan en SAP, y evidentemente no para aquellos que están en el proceso de incorporación al sistema.

 

Si piensas asignar estos nuevos empleados a la misma area de nomina, lo que tendrás que hacer es quedarte un fin de semana (o pillar el mejor momento para ello) para hacer la carga modificando le registro de gestión para cargar cada periodo.

 

Si tienes un area de nomina especifica pues al gusto del consumidor.

 

No te debería preocupar contabilizar periodos cerrados cargados con el ELK0, con el IT0003 fijas la retro maxima a nivel personal (de todos modos jamas se hará retro mas haya de la fecha efectiva de incorporación al sistema de cada uno que incorporas).

 

Esto o no he entendido el problema que tienes

Antoine


Aviso sobre SLD y Guardas Legales

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Buenos días:

 

A raíz del cambio publicado en el último Boletín RED y la corrección liberada en la nota 2212768 - - RED 07/2015: Changes on contribution BRD for IT and days adjustment for part-time employees, se está produciendo rechazos en los empleados con Guarda Legal y ajuste a 30 días cuando tienen una IT, AT, maternidad...durante el período.

 

La indicación de la seguridad social es:

Sin embargo, a efectos de cotización, para  la guarda legal resultan se aplican las normas de cotización a tiempo parcial, tal como establece el art. 66 del Reglamento de Cotización, “Cotización en supuestos de reducción de jornada de trabajo con disminución proporcional de la retribución”, en relación con el art.37 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Por otra parte,  a partir de la aprobación del RD 708/2015, no hay que hacer ajuste de días (aviso del 15 de septiembre en nuestra página web, sistema RED “avisos”)

Un saludo, Lucía Iturbe

Re: Estimación de IRPF en subrogación

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Buenas tardes,

 

Gracias por la respuesta. El realizar el cambio de nuevo número de personal es debido a que en su día (hace ya unos cuantos años y alguna que otra versión) teníamos problemas el realizar cambio de sociedad en un mismo número de personal.

 

Muchas gracias por tu comentario, si tenemos tiempo intentaremos realizar pruebas para realizar cambio societario sin cambio de número de personal.

 

 

Saludos,

 

Miguel Angel Muñoz Abella

Re: Incorporación empleados tras fusión

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Muchas gracias Antoine por la respuesta, haremos pruebas y aplicaremos alguna de estas soluciones.

 

Un saludo,

 

José Miguel

Re: Incorporación empleados tras fusión

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Estupendo!!!

Si tienes mas dudas pues sabes donde esta la SCN... si ya hiciste el proceso de carga en el pasado no deberías tener mas dificultades!

Suerte.

Un saludo,

Antoine

Re: Aviso sobre SLD y Guardas Legales

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Hola Lucia,

 

Tenemos un caso de una Empleada con reducción de jornada por guarda legal, esta Empleada esta de baja IT desde Marzo, y en la presentación del fichero SLD de Octubre ha sido rechazada, ya que la Base no es la correcta.

 

La nueva base se debe calcular con las nuevas condiciones, hemos aplicado las Notas 2212768 y 2221427, pero la base reguladora continua siendo la misma no se modifica.

 

¿ Como podemos proceder en este caso ?.

 

Gracias.

Saludos.

 

Rosa Quirós,

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